Revictimización
El
sujeto considerado como víctima es aquel individuo que es así reconocido en el área
jurídica como consecuencia del perjuicio sucedido en su contra, es la persona a la cual le ha
sido trasgredido algún derecho. La víctima es importante para el proceso penal
al ser la parte lesionada del hecho delictivo que, es así reconocido por la legislación
al ser un acto que daña y acarrea consecuencias perniciosas para quien lo
sufre; por tanto en el proceso penal a la víctima se le reconocen derechos fundamentales
que funcionan para ofrecer apoyo, protección y de cierta forma asistir la reparación
del daño.
Al
incoar sobre el concepto de revictimización es importante resaltar lo anterior ya
que, para que exista la revictimización debe de ser necesario que se de en
primer lugar la victimización primaria, o sea, debe de existir previamente un
sujeto lesionado a causa de la ejecución de un acto delictuoso. Posterior a
ello es posible que la víctima vuelva a sufrir un proceso de victimización a
consecuencia de la victimización primaria, es así como se habla de la victimización
secundaria o revictimización.
Esta última concepción se produce en el momento en el cual la persona afectada pasa por un procedimiento de asistencia malo e ineficaz por parte del ámbito de justicia, considerando los efectos negativos de tipo psicológico, social, de carácter penal, y todas aquellas acciones que reproducen frustración por el acto, lo cual provoca que la lesión ocasionada sea aún mayor al lesionar los derechos de las personas víctimas.
De
acuerdo a lo expuesto por Martorella, Bezanilla et al (s.f.) mencionan lo siguiente:
La
revictimización o victimización secundaria, es la que surge a partir de que la
persona que ha vivido una experiencia traumática, y al entrar en contacto con
las autoridades o instituciones del estado, es receptora de tratos injustos e
incluso puede ser criminalizada por el mismo acto del que fue receptora.
Es así
como parte de los factores principales que producen la revictimización se
centra en la actuación policial y los agentes que intervienen en el proceso
judicial, ello de cierta forma se debe a que, en el cumplimiento de sus funciones
y la comprensión de la génesis del delito perpetrado y la investigación
correspondiente para la relación de los hechos, proceso en el cual se pierde la
sensibilidad además:
Pueden
generarse por la escasez de información entregada a la víctima sobre las
características del proceso, la sobreestimación de la investigación pericial en
desmedro de la atención integral de la víctima, la excesiva lentitud de los
juicios que interfiere con la readaptación de las víctimas y la resultante de
los elementos propios del tradicional juicio oral.
Todo
ello altera el estado de la víctima y provoca que sea aún más difícil superar el
suceso pernicioso, al pasar por un proceso penal que le hace revivir de forma constante
los hechos ocurridos y que, ponen en cuestión la veracidad de la acción delictiva
que la víctima manifiesta.
Por
tanto cabe preguntarse ¿Cuál es el
impacto que sufre la persona en ese proceso de revictimización?
La visibilidad
de las víctimas durante el proceso penal conlleva a una damnificación
mayor del acontecimiento de victimización primaria, el desarrollo de este
proceso en ausencia de consideración con la víctima, desamparando de esta, el revivir el acto delictivo y la colocación en una posición de incredibilidad frente al sistema, hasta el momento que se da por finalizada la investigación y se llega a la veracidad
de los hechos, promueve indudablemente el incremento de las acciones revictimizantes y la trasgresión de la dignidad de la víctima..
Es por
tanto que la persona no se somete únicamente a la lesividad de una acción dañosa
en su contra, si no a diversas circunstancias negativas tanto por el
delincuente como por las instancias judiciales que, en lugar de fomentar la protección
y comprensión a raíz de la situación experimentada, le somete a escenarios que
vulneran su dignidad y le posicionan nuevamente en un estado de vulnerabilidad,
llevando ello a sufrir además del delito una violencia institucional. “La
violencia institucional, es aquella que se encuentra cargada de una dimensión
moral, al caracterizarse por una objetivación y desconsideración hacia la
persona, presentando fundamentalmente un carácter simbólico y administrativo”. (Bezanilla et
al, s.f.)
Posterior a la vulneración de los derechos del sujeto a causa
del ilícito en su contra, este debe de pasar por el proceso de desatención por
parte de las instituciones judiciales, provocando ello impactos psicosociales
que reconstruyen eventos traumáticos, generando asimismo desestabilidad, sentimientos
de impotencia, autoculpabilización, entre otros aspectos que incrementan el
reiterado proceso de victimización.
Referencias
Bezanilla, J. M., Miranda, M. A., & González, J. H.
(s.f.). Violaciones graves a derechos humanos: violencia institucional y
revictimización. Obtenido de
http://comepsi.mx/attachments/article/49/Violaciones%20graves%20a%20derechos%20humanos:%20violencia%20institucional%20y%20revictimizaci%C3%B3n.pdf
Desconocido. (2018). Revictimización.
[Ilustración 5] Obtenido de
https://cenitpsicologos.com/no-revictimizar-a-la-victima-que-es-la-doble-victimizacion-en-los-procesos-judiciales/
Eltelégrafo. (s,f). Revictimización.
[Ilustración 6] Obtenido de
https://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/sociedad/6/la-revictimizacion-es-otra-forma-de-violencia-de-genero
León, J. U. (2015).
Víctimas y revictimización. Reflexiones en torno a la finalidad del proceso
penal. XI Jornadas de Sociología. Facultad de Ciencias Sociales,
Universidad de Buenos Aires. . Obtenido de
https://cdsa.aacademica.org/000-061/1185.pdf
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